Valencia (Especial).- Un comunicado del rector Roberto Picón, hecho llegar a los medios como representante de la Junta Electoral Principal la noche de este martes 30 de noviembre, fija posición sobre la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de convocar elecciones en el estado Barinas para enero de 2022, tras reconocerse una decisión de la Contraloría General de la República contra quien considera el gobernador Electo de Barina, Freddy Superlano.
Picón no sólo alerta que se trata de afectar la tarea del ente electoral. Sin embargo, deja más claro la confianza de los electores en el sufragio les sería respetado en esta fecha de las elecciones regionales y municipales.
Picón insiste en que la Contraloría General de la Repíblica debió advertir a tiempo obre la inhabilitación de Superlano al ente electoral, antes de llegarse esta situación que le otorgó una ventaja de gobernador electo.
Al mismo tiempo, indicando que se violan derechos electorales, no solo por la inscripción de Freddy Superlano como candidato, sino por la manifestación de los electores a su favor, espera haya un respeto a la autonomía y justo desempeño de la institución electoral.
Ante la sentencia de la Sala Electoral del TSJ que ordena al CNE realizar nuevas elecciones para gobernador de Barinas para el 09 de enero de 2022
El Consejo Nacional Electoral es el ente rector del Poder Electoral y debe actuar como el garante de la fuente creadora de los poderes públicos. En tal sentido, los rectores comprometidos con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Poder Electoral, hemos encaminado nuestras acciones a la preservación de la voluntad del pueblo y su soberanía expresada a través del voto. Con ese ánimo, y en estricto apego a nuestro ordenamiento jurídico, organizamos las elecciones regionales y municipales del pasado 21 de noviembre de 2021, en las que se logró la participación de opciones políticas que comprendieron que el voto y la participación política de la ciudadanía son fundamentales en la reinstitucionalización democrática del país.
Apegado a esa misma convicción, he evaluado la decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, que anuncia la realización de un nuevo proceso electoral en el Estado Barinas para la elección del cargo de Gobernador o Gobernadora, a los fines de garantizar el derecho a la participación activa y pasiva de quienes acudieron al evento electoral para elegir a la Gobernadora o Gobernador del Estado Barinas, sin menoscabo de que aún cuando las proyecciones consignadas por el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, dan un porcentaje de votos a favor del candidato Freddy Superlano titular de la cédula de identidad V-12.555.398, del 37, 60 % con respecto al 37,21 % de votos obtenidos por el candidato Argenis Chávez, titular de la cédula de identidad V-4.925.031, se considera que la condición de inelegibilidad del candidato Freddy Superlano, ya identificado, conforme a la Resolución N° 01-00-000334 de fecha 17 de agosto de 2021 dictada por la Contraloría General de la República, violenta los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos y las candidatas en la oferta electoral, así como de los electores y electoras en el ejercicio del sufragio activo.
Si bien esta decisión no perturba la validez del proceso electoral en su conjunto, alerto que sí afecta las competencias de la institución electoral, pues superpone circunstancias ajenas al acto del pasado domingo 21 de noviembre; ajenas, también, a cada una de las fases aprobadas en un cronograma electoral informado oportunamente y avalado por todos los actores y entes involucrados. Asimismo, incorpora elementos inéditos que deberían surtir efectos de ajuste técnico para el futuro, y no para desmerecer el evento en el que los electores del Estado Barinas manifestaron su voluntad a través del sufragio, confiados en que su voto sería respetado. Ese es, ni más ni menos, mi compromiso como miembro del ente rector del proceso, contribuir como garante del cumplimiento de reglas de juego que permiten la competencia en condiciones de equidad.
Dejo constancia de que la inhabilitación del ciudadano Freddy Superlano era desconocida para el CNE para el momento de su postulación: de más está recordar que, de haber sido notificada, hubiera sido imposible procesar la solicitud del mencionado ciudadano. Debido a esta preocupante omisión, no solo se está faltando gravemente a la potestad del Consejo Nacional Electoral, sino también a la voluntad del pueblo de Barinas; causando, a su vez, un flagrante estado de indefensión del ciudadano inscrito como candidato al cargo de gobernador.
Por lo anteriormente expuesto, exijo a la Contraloría General de la República la actuación diligente, oportuna y transparente en relación a su deber de notificar al CNE y al público en general a través de redes sociales y su página web, de todas aquellas decisiones que puedan afectar los derechos de electores y candidatos. No se puede ignorar, además, que si una decisión de esta naturaleza no es notificada dentro de los lapsos previstos en la ley, puede generar un consecuente sentimiento de desconfianza en el ciudadano, en el voto y en el sistema electoral en general.
Insisto en que la preservación del derecho activo y pasivo al voto es lo que debe prevalecer; y para ello es imprescindible el respeto a la autonomía y justo desempeño del poder electoral venezolano, apegados a las leyes de la República y en estricta cooperación con las demás ramas del poder público. Sólo eso podrá garantizar esa confianza en las instituciones del Estado que resulta vital para que nuestra sociedad camine por los senderos de paz y eficacia democrática con los que todos debemos estar comprometidos.
Caracas, 30 de noviembre de 2021
Rector Roberto Picón
Junta Nacional Electoral - CNE